Mientras el Senado de la Nación Argentina debate este jueves una modificación a la Ley de Glaciares, voces del ámbito científico y jurídico siguen alertando sobre los riesgos ambientales y constitucionales que podría implicar el proyecto en tratamiento. Uno de ellos es un principio fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que implica que aquello que se protege hoy no puede desprotegerse mañana.
En diálogo con Actualidad 2.0, la bióloga Gabriela González Trilla -investigadora adjunta del CONICET y especialista en conservación de ecosistemas hídricos- sostuvo que la norma vigente “es una ley activa, clara y validada”, y cuestionó los cambios que buscan redefinir el alcance del Inventario Nacional de Glaciares.
La investigadora, doctora en Ciencias Biológicas por la Universidad de Buenos Aires y con trayectoria en gestión pública ambiental, explicó que el instrumento central de la ley es el Inventario Nacional de Glaciares, elaborado por el IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales). “Es un mapa que identifica los cuerpos de hielo con límites demarcados en el territorio. No hay dudas sobre qué se protege y qué no”, afirmó.
“No podemos esperar, lo queremos ir a buscar donde esté”: la increíble búsqueda del perrito que atravesó medio país
El Senado debate este jueves la modificación de la Ley de Glaciares.
NA
Según detalló, el inventario -cuya primera versión fue presentada en 2018 y actualizado en 2024- registra más de 16.000 cuerpos de hielo distribuidos en 12 provincias. Incluye glaciares descubiertos, cubiertos y glaciares de escombro, estos últimos pertenecientes al ambiente periglacial.
Glaciares de escombro y discusión por la “significancia hídrica”
Uno de los ejes del debate legislativo gira en torno a la protección del ambiente periglacial. González Trilla precisó que no todo ese ambiente está alcanzado por la prohibición de actividades, sino específicamente los glaciares de escombro, que presentan una morfología particular: están conformados por roca con agua congelada en sus intersticios.
El perrito perdido que atravesó medio país ya se reencontró con sus “hermanos” y espera una visita muy especial
“En ambientes áridos o semiáridos, donde el agua es escasa, cada gota cuenta. Aunque el volumen no sea tan majestuoso como el de un glaciar blanco como el Perito Moreno, su impacto ambiental es sustancial”, explicó.
En provincias cordilleranas del norte, como Mendoza y especialmente San Juan -impulsora del pedido de reforma- este tipo de formaciones es frecuente.
Desde los sectores que promueven la modificación, se plantea el criterio de “significancia hídrica” centrado en el volumen de agua almacenada. En cambio, desde el ámbito científico y ambiental se advierte que la relevancia no es solo cuantitativa sino también ecológica, por su rol estratégico en ecosistemas frágiles.
Presupuestos mínimos y autonomía provincial
La especialista subrayó que la Ley de Glaciares establece presupuestos mínimos ambientales a nivel nacional, es decir, estándares básicos de protección que rigen en todo el país. Sobre esa base, las provincias -titulares del dominio originario de los recursos naturales- conservan plena potestad para decidir el desarrollo de actividades, incluida la minería, siempre que respeten esos límites.
Quebró una famosa compañía de seguros y casi 500 trabajadores se quedarán en la calle
“No hay una prohibición absoluta de la actividad minera en la cordillera. Los glaciares son elementos aislados dentro de territorios mucho más amplios. Lo que la ley establece es que en esas áreas estratégicas no se puede avanzar, pero en el resto sí, mediante los instrumentos que cada provincia determine, como las evaluaciones de impacto ambiental”, aclaró.
Validación científica, federal y judicial
Frente a la posibilidad de modificar el inventario o desplazar al IANIGLA de su elaboración, González Trilla defendió la solidez técnica y legal del instrumento. Señaló que el proceso incluyó una triple validación: social, mediante consulta pública; científica, con revisión de especialistas nacionales e internacionales en el ámbito del CONICET; y federal, a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), que reúne a las provincias.
El comerciante baleado por delincuentes en Comodoro está en estado crítico
Además, recordó que en 2019 la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció en un fallo la validez del inventario no solo como herramienta científica y administrativa, sino también con alcance legal.
En ese marco, introdujo un punto clave del debate: el principio de no regresión ambiental. “Lo que se protege hoy no puede desprotegerse mañana”, sintetizó, aludiendo a una doctrina consolidada en la jurisprudencia del máximo tribunal. Según indicó, organizaciones ambientalistas y constitucionalistas ya anticiparon que, de aprobarse una reforma que reduzca el nivel de protección vigente, podrían promover planteos de inconstitucionalidad.
No se trata de elegir entre desarrollo o protección
Finalmente, la investigadora rechazó la idea de que la discusión implique elegir entre producción y ambiente. “No se trata de decidir entre desarrollo y protección. Ambos pueden conciliarse en un esquema de desarrollo sostenible. La pregunta es cómo y dónde se hacen los emprendimientos”, sostuvo.
Sin trabajo y sin compradores, una familia de Comodoro rifará su casa para volver a empezar desde cero
Para González Trilla, el núcleo de la ley es precisamente esa delimitación: identificar áreas estratégicas por su valor hídrico y ambiental donde determinadas actividades no pueden realizarse, sin impedir el desarrollo en el resto del territorio cordillerano bajo los controles correspondientes.
El debate parlamentario (aunque hoy se apruebe en el Senado por parte del oficialismo libertario y sus aliados, todavía restará el tratamiento en Diputados) definirá si ese equilibrio se mantiene o si, como advierten sectores científicos y ambientales, la reforma abre un escenario de conflictividad judicial en torno a una norma que este año cumple quince años de vigencia.
